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Chollos en la declaración de la renta

Chollos en la declaración de la renta
La declaración de la renta tiene muchos recovecos, y mucha gente no sabe hacerla y bien lo delega o bien la hace mal y les perjudica. Yo siempre me he preocupado de hacerla y me ha valido para aprovechar mejor las oportunidades y para aprender que en España hay pequeños chollos fiscales a pesar de que este 2018 será el año en el que el peso del Estado será el más grande de la historia y la carga impositiva no para de crecer. Hacerla es arduo porque cada apartado es del tipo "marque esta casilla si usted se acoge a la ley del artículo patatín del año catapún". Pero las ventajas fiscales que cuento, muchos las desconocen. Hacienda y la declaración de la renta, incluida la de este 2017 hecha en 2018, no se acaba en las bandas salariales.

Declaración de la renta para autónomos

  • Reducción por inicio de actividad económica: la base imponible es el beneficio = ingresos - gastos para trabajar. Pero durante los dos primeros años dicho beneficio se minora nada menos que en un 20%. Es decir, es como si un 20% de nuestro salario no pagase impuestos (y por tanto nuestro tipo marginal) durante dos años. Esto es bastante, una pasada. Está en la casilla en el apartado E1 Rendimiento de actividades económicas en estimación directa:
reducción fiscal autónomos
  • Durante los primeros 2 años con la famosa tarifa plana, no se pagan los, en torno a 260€ de seguridad social de autónomos, sino que se empieza por 52€ durante. Esto no es tan chollo, pero no está nada mal. Aunque sigo esperando el acuerdo con Ciudadanos de que si un autónomo no cobra, no paga. Porque si le ponemos trabas al emprendimiento, probablemente Inditex no existiría. En cualquier caso, es algo positivo de cara a nuestra declaración de la renta, aunque esto aplica mensualmente por lo que seguramente ya lo tengamos regularizado. Recordemos que la declaración de la renta es para ajustar aquello que no hemos pagado ya, o caso de haber pagado de más, Hacienda nos lo devuelva. Por otro lado, recuerdo que los pagos a la seguridad social son deducibles (faltaría más, un doble impuesto), es decir, no pagaremos IRPF por lo que hayamos ganado destinado a pagarlo. Se considera un gasto del negocio.
  • Los gastos para trabajar son deducibles. Depende de cuántas cosas usemos para trabajar y de si no siendo autónomos las tendríamos que haber comprado de todas maneras o no. Dependiendo del caso, puede influir bastante en la declaración. No es que sea un chollo, pero sí es lógico que no se pague por estos gastos necesarios para ejercer nuestro negocio. Algunos gastos sólo serán aplicables en un cierto porcentaje. Por ejemplo, un porcenataja de nuestro alquiler si trabajamos desde casa, una parte de la gasolina, etc. Otros, además, cuentan con una tasa de amortización anual. Por eso no sale rentable darse de alta de autónomo sólo el día que nos compremos el ordenador o la furgoneta (para los más listillos...). Finalmente, otros gastos, como material de oficina, materias primas para nuestro negocio, asesoría fiscal, laboral, gestoría, gastos del local comercial, etc., lógicamente son deducibles al 100%.
  • Gastos de difícil justificación. Se llama así pero está estipulado en 2000€. En años anteriores era el 5% del beneficio, lo cual representaba más de medio mes de salario exento. Ahora, depende de tus ingresos, es mejor o peor que antes.
gastos de difícil justificación

Declaración para arrendadores de pisos en alquiler

  • Igualmente, se paga por el Beneficio = Ingresos - Gastos necesarios para el alquiler. La cosa es que en la declaración de la renta se incluye en estos gastos deducibles el 3% del valor de escritura (más gastos de formalización) del piso descontando el valor del suelo, en concepto de amortización. O sea, si compramos un piso por 150 000€ y el suelo son 30 000€, entonces tendremos gastos deducibles de 120 000 * 0.03= 3600€. Es decir, equivalente a 300€ mensuales de nuestros ingresos por alquiler sobre los que no pagaríamos. Además, a esto hay que sumar otros gastos como comunidad, seguros, arreglo de estropicios, intereses de hipoteca, IBI, etc. incluso el 10% anual del mobiliario (durante 10 años) que hayamos comprado para alquilar. Supongamos que esto suma 1200€ anuales. Esto se rellena en la ventana emergente de la casilla 051 (el número puede variar de año a año, ojo) de la declaración de la renta.
alquiler declaración renta casilla 051
  •  Reducción de alquiler: además, sobre resultado final del beneficio, sólo tributaremos por el 40%.En nuestro ejemplo, si ingresamos 7500€ de alquiler anual, tenemos que Beneficio = 7500 - 3600 - 1200 = 2700€. Bien, ahora aplicamos el 40% y queda 2700 * 0.4 = 1080€ por los que pagaremos impuestos. O sea, de 7500€ de ingresos, sólo pagamos sobre 1080. Eso sí, son considerados como rendimiento del trabajo, y por tanto sujetos a nuestra banda más alta del IRPF, con lo que en muchos casos llegará al 30%, 37% o 46% dependiendo del sueldo. Supongamos 37% (sueldos de en torno a 50 000€). En este caso, 1080*0.37=400€. Es decir, el inquilino nos ha pagado 7500€/año y pagaremos a Hacienda 400/7500=5% (además del IBI e IVA de todo lo que ya hemos descontado previamente, claro).
reducción por arrendamiento de inmuebles
  • En la lado opuesto, si se tienen pisos vacíos, se deberá pagar un 2% del valor catastral si no se ha revisado en los 10 últimos años y un 1.1% si sí. Es decir, si un piso tiene un valor catastral de 50 000€ porque hace años que no se revisa, pagaremos 1000€ al año por él, por el mero hecho de no hacer nada con él, además de IBI y posibles dolores de cabeza.
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Declaración de la renta para empleados y todos en general

- Mínimo personal y familiar  

Por el mero hecho de existir, Hacienda considera que tenemos que tener ciertos gastos necesarios para vivir. A esto lo llama mínimo personal y familiar, y son 5550€ en los casos habituales, pero puede ser mayor si tenemos descendientes, etc. En años anteriores rondaba los 5150€. Esta cantidad no tributa y va a reducir nuestra base imponible considerablemente. Advierto que el número de la casilla y la cantidad puede variar ligeramente de un año a otro.
    casilla 463 declaración renta

         - Gastos deducibles necesarios para trabajar

    Por el mero hecho de trabajar, Hacienda considera que tenemos que tener ciertos gastos necesarios para trabajar. Pues bien, son 2000€, lo cual asciende a 4000€ en los dos años de habernos cambiado de provincia por motivos laborales, siempre y cuando informemos al respecto. En años anteriores rondaba los 2680€. En el caso de autónomos, esto es sustituido por los gastos de difícil justificación de los que hablé en el apartado de autónomos.

         - Reducción del IRPF por viajes al extranjero. El 7p.

    Esto no aplica a autónomos. Pero sí para trabajadores por cuenta ajena, que si cumplen ciertos requisitos relativamente fáciles de cumplir y se preocupan de pedirlo en su empresa, los días que estén fuera reducirán su base imponible en la misma cuantía que su salario diario. Es decir, no se pagan impuestos por esos días, comenzando a descontar por la banda más alta de nuestro IRPF, es decir, nuestro tipo marginal. Si viajamos bastante esto puede significar mucho dinero. De esta deducción de IRPF por viajes al extranjero hice una entrada hace poco donde podéis encontrar los detalles. Se trata del modelo 7p.

            - Deducción fiscal de planes de pensiones

      Esta todo el mundo la conocerá, pero no deja de ser una de las mejores. Este año el máximo son 8000€. Anteriormente eran 10000€ (hablo para personas que aún estemos lejos de los 67 años, si no es un poco más). Esta cantidad es desgravable con lo cual reduce la base imponible, es decir, dicha cantidad dejará de estar sujeta a nuestro IRPF marginal hasta el día en que retiremos el dinero, que es bien cuando suframos cierto grado de minusvalía, bien cuando alcancemos los 67 años, bien cuando nos quedemos en paro, o bien cuando alcancemos la libertad financiera. Este último supuesto no lo explicita la ley, pero para la comunidad, esa que sigue el blog y esa a la que yo sigo, sabemos que está implícito en el supuesto anterior. Advierto que el número de la casilla puede variar de año a año.
        aportación a planes de pensiones

           - Bandas salariales 2017-2018

        Y el más obvio de todos pero que incluso la persona que hacía las nóminas en mi primera empresa no lo sabía (menos mal que usaba un programa...): ¡¡¡al saltar de banda salarial, es imposible que cobremos menos!!! Es decir, hay gente que afirma que por el hecho de que le subieron el sueldo una pequeña cantidad (digamos un euro al año) salió perdiendo porque cambió a una banda más alta y tuvo que pagar varios cientos o miles de euros más a Hacienda. Incluso gente que proveyendo la situación, prefirió que no le aumentaran el sueldo

        ¡Esto es más falso que la historia de Ricky Martin con el perro y el bote de Nocilla

          Si en la tabla del IRPF pone que a partir de 60 000€, se paga un 37%, pero que en 59 999 pagamos un 30%, lo que quiere decir es que por ese euro de más, pagaremos 37 céntimos de impuestos. Pero los 59 999€ que ya tenemos, siguen pagando lo mismo. Por tanto, al subirnos un euro el sueldo bruto, pasaremos a cobrar 63 céntimos más, pero nunca menos. Es por esto que aunque nuestra banda marginal sea, por ejemplo, del 37%, seguramente paguemos a Hacienda una media de en torno al 25 -30% de impuestos sobre el total de nuestro salario.

        Finalmente, como información, la tabla de las bandas salariales del IRPF aplica tanto a los rendimientos del trabajo (nuestros salario, autónomo o por cuenta ajena) como a los planes de pensiones conforme vayamos sacando el dinero y a los rendimientos del alquiler de inmuebles una vez hechas las deducciones correspondientes.
        bandas salariales irpf 2017

        Para los dividendos o plusvalías del acciones de bolsa o fondos de inversión, aplican las bandas impositivas del ahorro, que no es que sean más bajas que las del impuesto al trabajo porque en realidad son una doble imposición para la mayoría de nosotros, puesto que nuestro ahorro lo hemos conseguido precisamente trabajando, y nuestras empresas de bolsa ya han pagado a su vez impuesto de sociedades. En cualquier caso, el impuesto al ahorro queda así:

        Tramos impositivos del ahorro 2017 - 2018


          Evidentemente esta lista no es exhaustiva, pero son las deducciones más importantes que he ido descubriendo en mi soledad durante los años en que he ido haciendo la declaración de la renta por mis propios medios. Como veis, hay muchas que son bastante importantes y que nos pueden alegrar la declaración, o incluso mejor, llevarnos a tomar decisiones laborales en función de los impuestos a pagar. Yo tuve que hacer uso de esto para ver si me convenía en global cambiarme de mi último trabajo al actual, pasando de ser autónomo a asalariado. El conocimiento es poder.

          ¡Anímate, comenta y comparte la entrada!


          Quedada inversora tras la conferencia de Cobas

          Quedada 7bagger - MuchoInvertir
          El año pasado organizamos una quedada tras la conferencia Bestinver y fue un éxito. Pasamos un buen rato, nos conocimos, hablamos de inversiones, de independencia financiera, de los fondos value. Hasta tenemos un grupo de whatsapp. ¿Por qué no repetir?

          He pensado hacerlo tras la conferencia de Cobas en Madrid el martes 10 en  la Cafetería Capital D junto al Palacio de Congresos.
          Como la última vez, no se trata de ir juntos a la conferencia, sino de tomar una cerveza tras ella, por lo que si estás por Madrid, seas o no cliente de Cobas, puedes venir. 

          Tras varios años de inversión y blog, no sólo este sino otros que hay por ahí, se ha formado una comunidad de gente con intereses comunes: nos encanta la bolsa y la inversión en general, el value investing, nos tragamos análisis de inversiones como si de Sálvame se tratase, y somos afines a la idea de la independencia financiera cualquiera que sea su vertiente.
          La independencia financiera se consigue con trabajo, esfuerzo, planificación, ir un poco en contra de los demás y tener un toque de cabezonismo. Los lectores de este blog nos hemos parado a pensar qué hacer con nuestra vida. Qué es lo más y lo menos importante, a dónde queremos llegar y cómo hemos de hacerlo. Estos son los valores del blog y de los lectores, así que por descontado pasaremos un buen rato.

          ¿Qué organizamos?

          Una quedada para los lectores del blog, inversores particulares, independientes financieros (o en camino), gente diferente al resto (por su puesto, mejor): la comunidad virtual inversora.

          ¿En qué consiste?

          Quedar para tomar una cerveza aprovechando la conferencia anual de Cobas de Madrid. Pero no es necesario ir a la conferencia ni ser co-inversor del fondo.
          La idea es que después nos reunamos en un bar de ahí al lado a tomar una cerveza un par de horitas.

          De todas formas, si quieres ir a la conferencia, puedes hacerlo en este enlace. Incluso si no eres cliente creo que se puede:
          https://www.cobasam.com/es/conferencia-anual/

          ¿Dónde?

          Cafetería Capital D
          Avda. Capital de España Madrid s/n,  esquina con Avda.  Partenón 10.
          lugar de reunión inversora en Madridcafetería reunión inversores Madrid

          ¿Cuándo?

          Martes 10 de Abril de 2018. La conferencia es a las 17h30 (aunque comenzará a las 18h). En principio supongo que durará unas 2h por lo que nos podemos ver en la cafetería a las 20h00 – 20h15 aproximadamente.

          ¿Para qué?

          Para nada, y para todo. socializar o networking que dirían otros en torno a algo que nos gusta.

          ¿Hay que pagar?

          Claro que no. Bueno, igual las cervezas...

          ¿Cómo nos comunicamos?

          Mediante un grupo de WhatsApp. Si te interesa venir, me envías un email a info@7bagger.com y me dices tu número de teléfono para agregarte al grupo. Además esto puede servir para guardar el contacto luego. Si por algún motivo no quieres que te agregue, pues bien también, pero será complicado saber quién es quién.

          Nada más, ¡espero que sea fructífero!
          ¿Te apuntas? 

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